Télécharger Imprimer la page

Vertiv Liebert HPC-M Serie Manuel De Service page 82

Publicité

Les langues disponibles
  • FR

Les langues disponibles

  • FRANÇAIS, page 54
7.4.4 Operadores
7.4.1 Definiciones
• Operador, según el Reglamento 517/2014 Artículo 2, punto 8, significa la personal natural o legal que ejerce un poder real sobre el
funcionamiento técnico de los productos y equipos cubiertos en este Reglamento.
• El Estado puede, en situaciones definidas y específicas, designar al propietario como responsable de las obligaciones del operador.
• Cuando están implicadas grandes instalaciones, se contratan compañías de servicios para llevar a cabo el mantenimiento o la
reparación. En estos casos la determinación del operador depende de los acuerdos contractuales y prácticos entre las partes.
7.4.4.2 Obligaciones
Los operadores de los sistemas de climatización, que contengan gases fluorados de efecto invernadero tendrán que, utilizando todas
las medidas técnicamente viables y que no impliquen un coste desproporcionado:
a
Evitar la fuga de estos gases y, tan pronto como sea posible, reparar cualquier fuga detectada.
b
Garantizar que personal cualificado ha verificado que no existen fugas.
c
Garantizar la puesta en marcha de disposiciones para la correcta recuperación con personal cualificado.
d
Según el Reglamento 517/2014 los operadores garantizarán que se ha verificado si el equipo tiene fugas como sigue:
Caso 1 - Equipo no sellado que contiene menos de 5 toneladas de CO 2 equivalente de gases fluorados de efecto invernadero.
► Prueba de fuga no necesaria
Caso 2 - Equipo sellado herméticamente que contiene menos de 10 toneladas de CO 2 equivalente de gases fluorados de
efecto invernadero.
► Prueba de fuga no necesaria
Case 3
► Prueba de fuga requerida: compruebe el equipo para ver si hay fugas con la frecuencia mínima dada en la siguiente tabla:
X = Toneladas
de CO2
Equivalente
5 ≤ X < 50
50 ≤ X < 500
X ≥ 500
e
La recuperación con la intención de reciclar, recuperar o destrucción de los gases fluorados de efecto invernadero, de
conformidad con el Art. 8 del Reglamento 517/2014 tendrá lugar antes de la eliminación final de ese equipo y, en el momento
oportuno, durante su reparación y mantenimiento.
7.4.5 Detección de Fugas
El fabricante aprueba los siguientes métodos de comprobación de fugas según el Reg. 1516/2007 y el Reg. 1497/2007:
Método
a
Comprobación de circuitos y componentes que representan
un riesgo de fuga con dispositivos de detección de gas
adaptados al refrigerante del sistema
b
Aplicación de fluido de detección ultravioleta (UV) o tinte
adecuado en el circuito
c
Soluciones de burbujas/espumas patentadas
Y = cantidad equivalente de refrigerante [kg]
R134a
R410A
3,5 ≤ Y < 35
2,4 ≤ Y < 24
35 ≤ Y < 350
24 ≤ Y < 240
Y ≥ 350
Y ≥ 240
Frecuencia mínima de revisión de fugas
R407C
con detección
de fugas
2,8 ≤ Y < 28
12 Meses
28 ≤ Y < 282
6 Meses
Y ≥ 282
3 Meses
Especificaciones
Se revisarán los dispositivos de detección de gas cada
12 meses para garantizar su correcto funcionamiento.
La sensibilidad de los dispositivos de detección de gas
portátil será de, al menos, cinco gramos por año.
El método solamente lo realizará personal cualificado para
llevar a cabo actividades que impliquen la irrupción en
circuitos de refrigeración que contengan gases fluorados
de efecto invernadero.
---
10.2
sin detección
de fugas
24 Meses
12 Meses
12 Meses

Publicité

loading

Produits Connexes pour Vertiv Liebert HPC-M Serie