1.1 FICHA INFORMATIVA SOBRE EL NIVEL DE RUIDO DE
LOS TRACTORES
Conforme a lo previsto por el Decreto Legislativo n° 277 del 15/08/1991, se
proporcionan en este Manual de Uso y Mantenimiento los valores relativos al
nivel de ruido producido por los tractores.
Teniendo en consideración la difucultad objetiva del fabricante a la hora de
determinar preventivamente las condiciones normales de utilización del tractor
por parte del usuario, los niveles de ruido se han determinado conforme a la
modalidad y a las condiciones indicadas en el anexo 8 del DPR n° 212 del
10/02/1981 que acoge la directiva 77/311/CEE sobre el nivel sonoro en el oído
del conductor de los tractores agrícolas de ruedas.
TRACTORES AGRICOLAS tipo:
TRACTRORES con BASTIDOR DE SEGURIDAD
Modelo
Tipo
Homologación N°
Nivel máximo de ruido en
el puesto de conducción
dB (A)
Cap I
Cap II
20
20A
OM32728MA
92
88
ADVERTENCIAS PARA EL USUARIO:
Se recuerda que, teniendo en cuenta que el tractor agrícola se puede utilizar de
varias maneras ya que se le pueden acoplar muchos equipos, todo el grupo
tractor-equipo se ha de valuar a la hora de tutelar a los trabajadores contra los
riesgos derivados por la exposición al ruido.
Considerando los niveles de ruido arriba indicados y los consecuentes riesgos
para la salud, el usuario debe tomar las oportunas medidas como se señala en
el Cap IV del Decreto Legislativo n° 277 del 15/08/1991.
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