Vectron L 04.430 Duo Vectron L 04.540 Duo; En 50165; En 55014; En 60555 - elco VECTRON L 04.430 DUO Notice D'emploi

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Información general
Índice
Información general
Funcionamiento
Montaje
Puesta en servicio
Mantenimiento
Indicaciones importantes
Los quemadores de gasóleo VECTRON
L 04.430 DUO y VECTRON L 04.540
DUO se han concebido para la
combustión de gasóleo extraligero en
función del país:
AT: ÖNORM C1109: estándar y de
bajo contenido en azufre
BE: NBN T52.716: gasóleo extra ligero
estándar o NBN EN 590: de bajo
contenido en azufre
CH: SN 181160-2 gasóleo extraligero y
gasóleo eco de bajo contenido en
azufre.
DE: DIN 51 603-1 estándar y de bajo
contenido en azufre.
La construcción y las funciones de los
quemadores cumplen la norma EN 267.
La instalación, puesta en servicio y
mantenimiento deben ser realizados
exclusivamente por técnicos
especialistas autorizados; así mismo,
deben cumplir las directivas y
prescripciones vigentes.
Características del quemador
Los quemadores de gasóleo VECTRON
L 04.430 DUO y VECTRON L 04.540
DUO son dispositivos monobloque de
dos etapas de funcionamiento
completamente automático. Se puede
utilizar, dentro de su intervalo de
potencia, para el equipamiento de
calderas según la norma EN 303 o para
el equipamiento de generadores de aire
caliente según DIN 4794 o DIN 30697.
Cualquier otra utilización debe ser
objeto de una solicitud de autorización
por parte de ELCO.
Índice ...................................................................... 17
Indicaciones importantes ........................................ 17
Características técnicas, curvas de potencia.......... 18
Dimensiones, descripción del quemador ................ 19
Funciones de explotación, de seguridad ................ 20
Cajetín de control y de seguridad ........................... 21
Opciones de conexión ............................................ 22
Plano de atribución, zócalo de conexión ................ 23
Montaje del quemador ............................................ 24
Control del cabezal de combustión......................... 25
Conexión de gasóleo .............................................. 25
Conexión eléctrica .................................................. 25
Comprobaciones previas a la puesta en servicio ... 25
Datos de ajuste, ..................................................... 26
Ajuste del aire ......................................................... 27
Ajuste de la presión del gasóleo ............................. 28
Ajuste del quemador ............................................... 29
Conservación .......................................................... 30
Resolución de problemas ....................................... 31
Empaquetado
En el paquete del quemador se adjunta:
2
latiguillos de gasóleo
1
brida de conexión con junta
aislante
1
bolsita con elementos de fijación
1
sobre con documentación
Para un funcionamiento con total
seguridad, respetuoso con el medio
ambiente y de ahorro de energía, es
necesario tener en cuenta las siguientes
normas:
DIN 4755
Calefacción de gasóleo en los equipos
de calefacción
EN 226
Conexión de quemadores con
vaporización de gasóleo y quemadores
de gas de aire soplado a generadores
de calor
EN 60335-2
Seguridad de los aparatos eléctricos
para uso doméstico.
Lugar de instalación
El quemador no debe funcionar en
locales con atmósferas agresivas (por
ejemplo, pulverizadores, percloretileno,
tetracloruros), muy polvorientos o con
alto grado de humedad (por ejemplo,
lavanderías). Además, se debe
practicar una abertura de aire
comburente que cumpla las siguientes
especificaciones:
DE: - hasta 50 kW: 150 cm²
- por cada kW supl.: + 2 cm²
CH: - hasta 33 kW: 200 cm²
- por cada kW supl.: + 6 cm²
Las disposiciones locales pueden
indicar requisitos diferentes.
06/2009 - Art. Nr. 4200 1020 5000A
Página
Declaración de conformidad para
quemadores de gasóleo de aire
soplado
La empresa, con número de
certificación AQF030 F-74306
ANNEMASSE Cedex, declara bajo su
única responsabilidad que los
siguientes productos:
VECTRON L 04.430 DUO
VECTRON L 04.540 DUO
cumplen las siguientes normas:

EN 50165

EN 55014

EN 60335

EN 60555-2

EN 60555-3
EN 267
Real Decreto belga del 08/01/2004
De conformidad con las disposiciones
de las directivas
89/392/CEE
89/336/CEE
73/23 /CEE
92/42/CEE
97/23/CEE
Estos productos incorporan el marcado
CE.
En Annemasse, a 8 de mayo de 2009
M. SPONZA
No se aplicará la garantía en los
daños resultantes de las siguientes
causas:
- uso no conforme,
- instalación y/o reparación incorrectas
por parte del comprador o por un
tercero, incluida la colocación de
piezas de otros fabricantes.
Entrega del equipo y manual de uso
El fabricante del equipo de calefacción
debe entregar al usuario de la
instalación, como muy tarde en el
momento de la entrega de la misma, un
manual de uso y conservación. Este
manual deberá conservarse en una
zona bien visible del lugar de instalación
del generador de calor. Debe contener
la dirección y número de teléfono del
servicio de atención al cliente más
cercano.
Aviso sobre la explotación
Al menos una vez al año, un técnico
especialista deberá revisar la
instalación. Para asegurar un
seguimiento regular, se recomienda
suscribir un contrato de mantenimiento.
Directiva sobre
aparatos de gasóleo
Directiva CEM
Directiva
sobre baja tensión
Directiva sobre
coeficiente de
rendimiento
Directiva sobre
aparatos a presión
es
17

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