2.2
LEYES, NORMAS Y DIRECTIVAS TÉCNICAS
Durante la instalación se tienen que respetar las siguientes indicaciones:
- Normas vigentes de prevención de accidentes y anti-incendio.
- La reglamentación de la compañía del gas, que debe entregar una autorización antes de realizar la instalación.
- Normas «Instalación equipos a gas».
- Normas «Instalación equipos eléctricos».
- La reglamentación de la compañía eléctrica.
- Normas higiénicas.
2.3
LUGAR DE INSTALACIÓN
- El aparato se debe instalar en un local suficientemente ventilado. Para este aparato se necesita una aspiración de, por lo
3
menos, 2 m
/h • kW P.T. (Capacidad Térmica).
- Instalen el aparato según lo previsto por las normas de seguridad UNI - CIG 8723, ley N° 46 del 5-3-90 y D.M. N°74 del
12.04.96.
2.4
COLOCACIÓN
- Los distintos aparatos pueden instalarse solos o se pueden combinar con otros aparatos de la misma gama.
- Este aparato no es apto para empotrar.
- La distancia de las paredes laterales debe ser como mínimo de 10 cm, en caso de que la distancia sea inferior o de que el
material de las paredes o del suelo sea inflamable, será indispensable aplicar un aislamiento térmico.
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