Separador de grasa
Para su seguridad
1.4 Disposiciones para la operación
El emplazamiento y la operación de separadores de grasa están sujetos a disposiciones
legales y a normas locales (p.ej. los correspondientes estatutos locales). Para más infor-
mación hay que ponerse en contacto con las autoridades competentes. Las siguientes
normas sirven como orientación y hay que completarlas y comprobar su actualidad.
DIN 4040-100: Separadores de grasas – Parte 100: Requisitos para el empleo de
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separadores de grasa según EN 1825-1 y EN 1825-2
EN 1825-1: Separadores de grasas – Parte 1: Principios de diseño, características
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funcionales, ensayos, marcado y control de calidad
EN 1825-2 Separadores de grasas – Parte 2: Selección del tamaño nominal, montaje,
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operación y mantenimiento
EN 1717: Protección contra la contaminación del agua potable en las instalaciones de
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aguas y requisitos generales de los dispositivos para evitar la contaminación por reflujo
DIN 1988: Reglas técnicas para instalaciones de agua potable – Parte 100: Protección
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del agua potable, mantenimiento de la calidad del agua potable
DIN 1986-100: Sistemas de desagüe para terrenos y edificios – Parte 100: Disposi-
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ciones en combinación con EN 752 y EN 12056
EN 752: Sistemas de desagüe fuera de edificios
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EN 12056 (serie de normas): Sistemas de desagüe por gravedad dentro de edificios
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Ejemplos de las normas aducidas:
Toma de muestras: Al montar el separador de grasa hay que prever un dispositivo para
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la toma de pruebas y para la inspección inmediatamente en la salida del mismo y antes
de la mezcla con otras aguas residuales, por ejemplo en forma de pozo o en forma de
tubería de toma de muestras. Las tomas de muestras tienen que ser llevadas a cabo por
personas cualificadas sacándolas del flujo de aguas residuales procedente del separador
de grasa.
Eliminación: El colector de lodos y el separador de grasa tienen que ser vaciados y
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limpiados como mínimo una vez al mes. El rellenado subsiguiente del separador de
grasa tiene que realizarse con agua (p.ej. agua potable, agua tratada del sistema de
separación de grasa) que se corresponda con las disposiciones de locales de descarga.
Inspección general: Antes de la puesta en funcionamiento y después de la misma a lo
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más tardar cada 5 años, después de haberlo vaciado previamente por entero, hay que
someter al separador de grasa a una inspección por parte de un experto para deter-
minar que se encuentra en el estado adecuado y que funciona debidamente.
Diario de operación: Para cada separador de grasa, el titular tiene que mantener un
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diario de operación que tiene que ser presentado ante el organismo de control compe-
tente siempre que éste lo soliciten.
Los diarios de operación pueden obtenerse del servicio ACO,
Cap. 1.1 "Servicio ACO".
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