Apéndice E
Protegemos sus derechos mediante la combinación de
dos medidas: (1) Protegemos la biblioteca con derechos
de autor y (2) le ofrecemos esta licencia, que le da permiso
legal para copiar, distribuir o modificar la biblioteca.
Para proteger a todos los distribuidores, deseamos aclarar
que no hay ninguna garantía para la biblioteca libre.
Además, si alguien modifica la biblioteca y la distribuye,
deseamos informar a los receptores de la misma de que lo
que tienen no es la versión original, de forma que cualquier
problema que otros hayan introducido no afectará a la
reputación de los autores originales.
Por último, las patentes de software suponen una amenaza
constante para la existencia de cualquier programa libre.
Deseamos asegurar que ninguna empresa puede limitar
de forma eficaz el número de usuarios de un programa
libre mediante la obtención de una licencia restrictiva
por parte del titular de una patente. Por tanto, insistimos
en que cualquier patente que se obtenga para cualquier
versión de la biblioteca debe ser coherente con la libertad
total de uso especificada en esta licencia.
La mayor parte del software GNU, incluidas algunas
bibliotecas, está cubierto por la Licencia Pública General
de GNU normal. La Licencia Pública General Reducida
de GNU se aplica a ciertas bibliotecas designadas y es
muy diferente de la Licencia Pública General normal.
Utilizamos esta licencia para determinadas bibliotecas a
fin de permitir el enlace de las mismas con programas no
libres.
Cuando se enlaza un programa con una biblioteca, ya sea
de manera estática o mediante una biblioteca compartida,
la combinación de ambas es, legalmente hablando, un
trabajo combinado derivado de la biblioteca original. Por
tanto, la Licencia Pública General normal permite dicho
enlace sólo si la totalidad de la combinación se ajusta a su
criterio de libertad. La Licencia Pública General Reducida
de GNU posee criterios menos estrictos para los enlaces
de otro código con la biblioteca.
La denominamos Licencia Pública General "Reducida"
porque la protección de la libertad del usuario que
ofrece es menor que la ofrecida por la Licencia Pública
General normal. Además, ofrece una menor ventaja
a los desarrolladores de software libre frente a sus
competidores no libres. Estas desventajas son la razón
por la que utilizamos la Licencia Pública General normal
para muchas bibliotecas. Sin embargo, la licencia reducida
ofrece beneficios en determinadas circunstancias.
Por ejemplo, en algunas ocasiones, puede presentarse
la necesidad de tener que fomentar el uso de una
determinada biblioteca para que se convierta en un
estándar. Para lograrlo, es necesario permitir que
programas que no sean libres utilicen la biblioteca. Un
caso más frecuente es que una biblioteca libre realice el
mismo trabajo que bibliotecas no libres ampliamente
utilizadas. En este caso, no resulta beneficioso limitar el
uso de la biblioteca únicamente a programas libres, por lo
que utilizamos la Licencia Pública General Reducida.
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Acuerdo de licencia de software
En otras ocasiones, la posibilidad de utilizar una biblioteca
concreta con programas que no son libres permite a un
mayor número de personas disfrutar de una gran cantidad
de software libre. Por ejemplo, el permiso para utilizar
la biblioteca C de GNU con programas que no son libres
ofrece a muchos más usuarios la posibilidad de utilizar el
sistema operativo GNU completo, así como sus variantes,
el sistema operativo GNU/Linux.
Aunque la Licencia Pública General Reducida es menos
protectora de la libertad de los usuarios, garantiza que el
usuario de un programa que esté vinculado a la Biblioteca
tenga la libertad y los medios para ejecutar el programa
mediante una versión modificada de la Biblioteca.
Los términos y las condiciones exactas para la copia,
distribución y modificación se exponen a continuación.
Preste atención a la diferencia entre un "trabajo basado
en la biblioteca" y un "trabajo que utiliza la biblioteca".
El primero contiene código derivado de la biblioteca,
mientras que el segundo debe combinarse con la
biblioteca para ejecutarse.
LICENCIA PÚBLICA GENERAL REDUCIDA DE GNU
TÉRMINOS Y CONDICIONES PARA LA COPIA, DISTRIBUCIÓN Y
MODIFICACIÓN
0.
Este Acuerdo de licencia se aplica a cualquier biblioteca
de software u otro programa que contenga una nota
colocada por el titular del copyright u otra parte
autorizada que especifique que puede ser distribuido
bajo los términos de esta Licencia Pública General
Reducida (también denominada "esta Licencia"). Cada
licenciatario (persona autorizada) será denominado
en la licencia como "usted".
"Biblioteca" hace referencia a una recopilación
de funciones de software y datos preparada para
vincularse según corresponda a los programas de
aplicaciones (que utilizan algunas de esas funciones y
datos) para crear ejecutables.
A continuación, "Biblioteca" hace referencia a
cualquier biblioteca de software o trabajo que haya
sido distribuido bajo estos términos. "Trabajo basado
en la Biblioteca" se referirá a cualquier biblioteca o
a cualquier trabajo derivado de ella según las leyes
de copyright. Es decir, un trabajo que contenga la
Biblioteca o una parte de la misma, ya sea de forma
literal, con modificaciones o traducida a otro idioma.
Por lo tanto, la traducción está incluida sin limitaciones
en el término "modificación".
Por "código fuente" de un trabajo se entiende el formato
preferido del trabajo para aplicarle modificaciones.
En el caso de una biblioteca, se entiende por código
fuente completo todo el código fuente para todos
los módulos que contiene, además de cualquier
archivo asociado de definición de interfaces, más las
secuencias de comandos utilizadas para controlar la
compilación e instalación de la biblioteca.
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