Indicaciones de seguridad de carácter
general
Para el funcionamiento de reguladores de gas, aparatos de
gas o instalaciones de gas, es obligatorio el uso de botellas de
gas en posición vertical desde las cuales se extrae gas en la
fase gaseosa. Las botellas de gas desde las cuales se extrae
gas en la fase líquida (p. ej. para carretillas apiladoras) están
prohibidas para el funcionamiento, ya que pueden provocar
daños en la instalación de gas.
En caso de inestanqueidades en la instalación de gas o si se
perciben olores de gas:
– ¡apagar toda llama abierta,
– abrir las ventanas y puertas,
– cerrar todas las válvulas de cierre rápido y las botellas de gas,
– no fumar,
– no accionar ningún interruptor eléctrico,
– encargar la comprobación de la instalación completa a un
técnico especialista!
Las reparaciones las efec tuará siempre un técnico.
¡Después de cada desmontaje del conducto de los gases de
escape deberá montarse siempre una nueva junta tórica!
Darán lugar a la anulación de los derechos de garantía, así
como a la exoneración de los derechos de responsabilidad,
las siguientes circunstancias:
– modificaciones en el aparato (incluidas las piezas de
recambio),
– modificaciones en la conducción de gas de escape y en la
chimenea,
– utilización de piezas de recambio y accesorios que no
sean componentes originales de Truma,
– el incumplimiento de las instrucciones de montaje y de uso.
Además, se anula el permiso de uso del aparato y con ello,
en algunos países, también el permiso de circulación del
vehículo.
La presión de servicio del suministro de gas de 30 mbar debe
coincidir con la presión de servicio del aparato (véase la placa
de características).
Las instalaciones de gas líquido deben satisfacer las norma-
tivas técnicas y administrativas del país donde se emplea el
equipo (p.ej. la norma EN 1949 para vehículos). Se deben
respetar las prescripciones y regulaciones nacionales (p.ej. en
Alemania, la hoja de trabajo DVGW G 607).
La comprobación de la instalación de gas debe ser realiza-
da cada 2 años por un técnico especializado, y dado el caso,
confirmarse en el certificado de inspecciones (p.ej. en Alema-
nia, según hoja de trabajo DVGW G 607).
El propietario del vehículo es responsable por la disposi-
ción de la comprobación.
Los aparatos a gas líquido no se deben utilizar al echar
gasolina, al estar en aparcamientos o durante la marcha.
Al poner por primera vez en funcionamiento un aparato nuevo
(o tras largos periodos de desuso) puede darse brevemente
una ligera formación de humo y olores. Cuando esto ocurra,
se aconseja poner el aparato al máximo inmediatamente y
ventilar bien la estancia.
Un ruido del quemador desacostumbrado o, la elevación de
la llama, hacen presuponer un defecto del regulador y hace
necesaria la verificación del regulador.
Los objetos sensibles al calor (p.ej. botes de spray) o los líqui-
dos inflamables no deben guardarse en el espacio de montaje
de la calefacción, ya que en determinadas circunstancias
pueden producirse en él temperaturas elevadas.
44
Para la instalación de gas deben utilizarse únicamente dis-
positivos reguladores de presión según norma EN 12864 (en
vehículos) con una presión de salida fija de 30 mbar. El contin-
gente de circulación del dispositivo regulador de presión debe
por lo menos corresponder al consumo máximo de todos los
aparatos incorporados por el fabricante de la instalación.
Para vehículos recomendamos el regulador de presión de
gas SecuMotion de Truma o para la instalación de gas de dos
botellas la válvula de inversión automática DuoComfort de
Truma.
Con temperaturas entorno a los 0° C e inferiores, el regulador
de presión de gas o la válvula de inversión deben funcionar
con la calefacción del regulador EisEx.
Se deben utilizar únicamente tubos de empalme de regulador
adecuados al país de destino, que satisfacen los requisitos del
país. Estos se han de comprobar con regularidad en cuanto a
su fragilidad. Para servicio de invierno se deberán utilizar sola-
mente tubos especiales a prueba de heladas.
Los equipos de regulación de presión y los conductos de tu-
bo flexible deben sustituirse por otros nuevos como máximo
10 años (en caso de utilización profesional 8 años) después
de la fecha de fabricación. El titular de la instalación es res-
ponsable de ello.
Especificaciones técnicas
determinadas según EN 624 ó condiciones de prueba Truma
Tipo de gas
gas licuado (propano / butano)
Presión de servicio
30 mbar (véase la placa de características)
Potencia de calefaccionado nominal
1850 W
Consumo de gas
50 – 170 g/h