stancia máxima 3 m). Comunicar al operador la posición del interruptor disyuntor.
¡ATENCIÓN! El cable de alimentación debe estar bien tendido, en una posición no expuesta a golpes, ale-
jada de líquidos y fuentes de calor. Debe estar en buenas condiciones en todo momento (si se debiera
dañar, hacerlo remplazar por personal que posea las autorizaciones que en derecho procede). QUEDA
PROHIBIDO EL USO DE ENCHUFES MÚLTIPLES
La instalación debe ser efectuada de acuerdo con las instrucciones del constructor, por personal profesionalmente
cualificado y de conformidad con las normas sobre las instalaciones eléctricas vigentes en el país en cuestión.
Una instalación defectuosa puede ocasionar daños a personas, animales o bienes: el constructor no se responsa-
biliza por ellos.
A segu ra rse de que el voltaje de alimentación corresponda con los datos de la placa de características del
aparato. Considerar además que las máximas variaciones de voltaje permitidas son de l + / -6 %.
IMPORTANTE: LA CONEXIÓN A TIERRA DEL MUEBLE ES OBLIGATORIA. El constructor declina cualquier
responsabilidad cuando se ignoren tales normas de seguridad para los ambientes de trabajo. Si el mue-
ble debe ser instalado en una posición alejada de la fuente de energía eléctrica, prever la cone-
xión correspondiente de acuerdo con las normas vigentes.
S i el ca b l e d e alim ent aci ón e st uvi er a da ñado , e l m ism o d e be r á se r r e e m pl az a do p or e l fa -
bri ca nte o p o r su s erv ic io de asi st e nc ia t é c ni c a o b ie n por u na pe r son a qu e pose a califi-
ca c i one s s i mi l ar es .
EL FABRICANTE DECLINA CUALQUIER RESPONSABILIDAD SOBRE
QUE PUEDAN SER PROVOCADOS POR UNA INSTALACIÓN INCORRECTA.
6. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS
La instalación eléctrica incorporada en la máquina está compuesta por aparatos de control oportunamente ubicados
en la parte superior del mueble. Los datos técnicos del mueble aparecen en la placa de datos ubicada en el interior
del mueble (ver fig. 8 de pág. 5) y en la tabla III.
El nivel sonoro generado por el funcionamiento del mueble es inferior a 70 dB (A). El mueble no
origina vibraciones perjudiciales.
POR LA PRESENTE SE DECLARA QUE EL APARATO CUMPLE CON EL D.L. (decreto legislativo) DEL 25/01/1992
N° 108 , EN APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA CEE 89/109 QUE CONCIERNE A LOS MATERIALES Y OBJETOS
DESTINADOS A ESTAR EN CONTACTO CON PRODUCTOS ALIMENTICIOS.
7. CARGA DE LOS PRODUCTOS
Una vez que el servicio técnico haya acabado la instalación del mueble, alimentarlo por medio del interruptor general
de pared. El mueble comenzará pues su ciclo de enfriamiento. Dos horas después de la puesta en marcha, cargar el
mueble con alimentos que estén ya a su temperatura de conservación. EL MUEBLE VIENE REGULADO DE FÁBRICA
PARA OFRECER LAS PRESTACIONES PREVISTAS.
Al cargar los alimentos cuidado con lo siguiente:
• Introducir alimentos homogéneos en cuanto a dimensiones y calidad;
• que jamás superen el límite de carga de 225 kg/m
• que no tapen las ranuras que garantizan una correcta circulación del aire refrigerado (ver fig. 9).
8. USO DEL MUEBLE
El mueble ha sido proyectado y producido exclusivamente para la exposición de alimentos frescos empa-
quetados, bebidas y productos lácteos (clases 3S-3M1-3M2 de acuerdo con la configuración). El mueble
LOS DAÑOS A PERSONAS O COSAS
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