– respecto al suministro de
acceso público a la red RLAN
para las redes y servicios de
telecom, por el decreto
ministerial de 28.5.2003, en su
forma enmendada, y el artículo
25 (autorización general para
las redes y servicios de
comunicaciones electrónicas)
del código de comunicaciones
electrónicas.
Aviso para los clientes en
Chipre
El usuario final debe registrar
los dispositivos RLAN (o WAS
o WiFi) en el Departamento de
comunicaciones electrónicas
(P.I. 365/2008 y P.I. 267/2007).
P.I. 365/2008 corresponde a la
Orden de Radiocomunicaciones
(categorías de emisoras sujetas a
la autorización y el registro
generales) de 2008.
P.I. 267/2007 corresponde a la
autorización general del uso de
radiofrecuencias por parte de
redes locales de radio y de
sistemas de acceso inalámbrico,
incluidas la redes locales de
radio (WAS/RLAN).
Aviso para los clientes en
Noruega
El uso de este equipo de radio no
se permite en la zona geográfica
dentro de un radio de 20 km
desde el centro de Ny-Ålesund,
Svalbard.
ES
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