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1 - Antes de montar un dispositivo de salida en una puerta, la puerta deben ser controlada para asegurarse de que esté montada de modo correcto y no encuentre
obstáculos para el movimiento. Se recomienda no fijar los dispositivos de salida en puertas con interior alveolar a menos que no estén específicamente proyectados
por el fabricante para este tipo de puertas. Se recomienda comprobar que la construcción de la puerta permita el uso del dispositivo, es decir comprobar que la
distancia del eje de las bisagras de la puerta y la interferencia de las hojas permitan abrir simultáneamente ambas hojas (ver el punto 3), o comprobar que el juego
entre las hojas de la puerta no difiera del definido por el fabricante del dispositivo de salida, o comprobar que los elementos de accionamiento no interfieran, etc.
NOTA: Los dispositivos para las salidas antipánico fabricados de conformidad con la presente norma europea aportarán un grado elevado de seguridad para las
personas y una seguridad adecuada para los bienes siempre y cuando estén montados en puertas y marcos en buenas condiciones.
2 - Antes de montar un dispositivo antipánico en una puerta cortafuego/cortahumo, se debe examinar el certificado de resistencia al fuego de la puerta por el cual el
dispositivo de salida ha sido sometido a prueba para comprobar su aptitud para el uso en una puerta cortafuego.
3 - Se debe prestar atención para que las juntas o las juntas de estanqueidad montadas en toda la puerta no impidan el funcionamiento correcto del dispositivo para las
salidas antipánico.
4 - En puertas de dos hojas con montantes con solape y cuando en ambas hojas están instalados dispositivos para las salidas antipánico, es indispensable controlar que
cada hoja se abra cuando se acciona el dispositivo correspondiente para las salidas antipánico y también que ambas hojas se abran libremente cuando ambos
dispositivos antipánico se accionan contemporáneamente. Para esta aplicación puede ser necesario usar una barra de arrastre para desplazar la hoja activa.
5 - En caso de que los dispositivos para las salidas antipánico estén fabricados en más de un tamaño, es importante que se elija el tamaño correcto.
6 - Los dispositivos para las salidas antipánico de categoría 2 (saliente estándar) deben utilizarse en situaciones en las que el espacio para la salida no es amplio o en el
caso en que las puertas en las que están instalados los dispositivos para las salidas antipánico no se pueden abrir más allá de los 90º.
7 - En caso de que un dispositivo para las salidas antipánico esté concebido para ser montado en una puerta cristalera, es esencial que el cristal sea templado o
estratificado.
8 - Para montar dispositivos para las salidas antipánico en puertas de madera, de metal o de cristal sin marco, podría ser necesario utilizar sistemas de fijación
diferentes. Para obtener una fijación más sólida se pueden usar bulones pasantes macho y hembra.
9 - Los dispositivos para las salidas antipánico no están previstos para su uso en puertas de doble acción (vaivén) si no han sido expresamente diseñados por el
fabricante.
10 - Durante la instalación deben seguirse escrupulosamente las instrucciones de fijación. Dichas instrucciones de mantenimiento deben ser entregadas
instalador al usuario.
11 - Normalmente, la barra horizontal debe instalarse a una altura comprendida entre 900 mm y 1 100 mm del nivel del pavimento acabado, cuando la puerta está en
posición de cierre. En caso de que se sepa que la mayoría de los ocupantes de los locales son niños, se debe considerar reducir la altura de la barra.
12 - La barra horizontal debe estar instalada de modo que suministre la mayor longitud útil.
13 - Los elementos de cierre y los cerraderos deben estar fijados de modo que se acoplen de manera segura. Se debe prestar atención a que ningún saliente de los
elementos de cierre, cuando están en posición retraída, impida a la puerta girar libremente.
14 - En caso de que los dispositivos para las salidas antipánico deban ser montados en puertas de dos hojas con montantes con solape y dispositivos de cierre
automático, se debe montar un dispositivo para la coordinación de las puertas conforme con la norma EN 1158 que asegure la secuencia de cierre correcta de las
puertas. Dicha recomendación es particularmente importante en el caso de puertas cortafuego/cortahumo.
15 - Para el bloqueo de la puerta en posición de cierre no se deben montar dispositivos diferentes de los especificados en la norma europea
excluye la instalación de dispositivos de cierre automático.
16 - En caso de que para volver a poner la puerta en posición de cierre se deba utilizar un cierra puertas, se debería prestar atención a no dificultar el uso de la puerta por
parte de niños, ancianos y enfermos.
17 - Todos los cerraderos o las placas de protección suministradas deben ser montadas de manera que garanticen la conformidad con la norma europea NF EN
1125:2008.
18 - En la superficie interna de la puerta debe aplicarse un letrero que indique "Para abrir empujar la barra" o un pictograma, justo encima de la barra horizontal o sobre la
barra si la misma tiene una superficie plana suficiente para el tamaño de caracteres requerido. El área del pictograma no debe ser menor de 8000 mm² y sus colores
deben ser blanco sobre fondo verde. Debe estar diseñado de modo que la flecha apunte hacia el elemento de accionamiento, si está instalado.
19 - Lubricar las superficies de contacto entre el picaporte y el cerradero con grasa que tenga una temperatura de uso adecuada a las condiciones de utilización (ej. FINA
Marson EPL2 u otro equivalente).
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por el
NF EN 1125:2008
. Esto no