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6.8 Procedimiento
A. La siguiente es una descripción del proceso de arbitraje. A. Envíe por correo una Notificación de Reclamación a Segway.
Antes de iniciar un arbitraje contra el Grupo Segway y/o los concesionarios de Segway, primero debe notificar de buena fe al
Grupo Segway y/o a los concesionarios de Segway su demanda. Incluya su información de contacto, sus exigencias y la
reparación que usted pide obtener del Grupo Segway y cualquier información que usted cree será de ayuda para resolver la
reclamación. El Grupo Segway y/o los concesionarios de Segway revisarán su Notificación de Reclamación para determinar
si el grupo Segway y/o los concesionarios de Segway pueden resolverlo conjuntamente con usted para evitar el arbitraje. La
notificación deberá enviarla por correo certificado a la atención de: Disputes, Segway Inc P.O. BOX 661805, Arcadia, CA,
91066, EE. UU. Deberá guardar una copia de su notificación para sus archivos.
B. Espere 30 días. El grupo Segway revisará su Notificación de Reclamación en un plazo de treinta (30) días a partir de la fecha
en que Segway reciba su Notificación de Conflicto. Si usted no ha tenido noticias de Segway dentro del plazo de treinta (30)
días a partir de la recepción de su Notificación de Reclamación, usted puede proceder a presentar un procedimiento de
arbitraje contra el Grupo Segway. Si Segway le presenta por escrito una oferta de conciliación, debe conservar esta oferta de
conciliación porque en caso de arbitraje se requerirá que el grupo Segway y usted exhiban esta oferta de conciliación al
mediador. Sin perjuicio de lo anterior, esa oferta, si la hubiere, no se exhibirá al mediador hasta después de que decida
sobre la pertinencia de su demanda.
C. Complete una Demanda de Arbitraje. Usted puede iniciar el procedimiento de arbitraje completando una Demanda de
Arbitraje que incluya una declaración básica de (i) los nombres, direcciones y números de teléfono de las partes
involucradas; (ii) su descripción de la reclamación; y (iii) una declaración breve detallando por qué tiene derecho a una
reparación.
D. Envíe al Grupo Segway y/o a los concesionarios de Segway su Demanda de Arbitraje. Puede enviar al grupo Segway y/o a los
concesionarios de Segway su Demanda de Arbitraje a la siguiente dirección: Atención: Disputes, Segway Inc., 405 E Santa
Clara St., Arcadia, CA 91006. Por favor conserve una copia de la notificación para sus archivos.
E. Envíe a AAA dos (2) copias de su Demanda de Arbitraje. La Demanda de Arbitraje incluye la dirección a la que debe enviar
dos (2) copias de su Demanda de Arbitraje. Su dirección actual es: AAA Case Filing Services, 1101 Laurel Oak Road, Suite 100,
Voorhees, NJ 08043, Estados Unidos, sujeta a enmiendas y/o actualizaciones por parte de AAA. También debe incluir una
copia de esta póliza de garantía y la tasa de solicitud correspondiente. El Grupo Segway le reembolsará esta tasa de
solicitud. Si no puede pagar la tasa de solicitud, póngase en contacto con Segway y Segway pagará la tasa de solicitud por
usted si sus reclamaciones buscan una reparación inferior a 75.000 $. La AAA cuenta con la opción de presentación en línea,
que puede encontrar en su sitio web: www.adr.org.
F. Designación de árbitro por parte de la AAA. Si ninguna reclamación del arbitraje excede de 75.000 $, la AAA designará un
árbitro y notificará a usted y al Grupo Segway el nombre del árbitro y la cualificación del mismo. La AAA exige que todos los
árbitros comprueben si mantienen alguna relación en el pasado o presente con las partes, posibles testigos y los abogados de
ambas partes. Si el árbitro mantiene alguna relación de este tipo, la AAA lo comunicará al grupo Segway y a usted. Si usted o el
grupo Segway objetan sobre la elección del árbitro realizada por la AAA, tendrán siete (7) días para informar a la AAA.
G. Elija la audiencia que le gustaría. A menos que usted y el grupo Segway acuerden celebrar las audiencias de arbitraje en
otro lugar, el arbitraje se realizará en la provincia (o la localidad) en la que compró el producto. Si su reclamación asciende a
10.000 $ o menos, usted puede elegir si quiere que la audiencia se celebre por teléfono o en persona. En caso contrario,
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puede optar por celebrar todo el arbitraje a través de correspondencia escrita con el árbitro, sin incluir una audiencia
interactiva. Una vez que la AAA ha comenzado el arbitraje, usted tiene diez (10) días para informar a la AAA sobre su opción
de audiencia. Si usted no elige, la AAA celebrará el arbitraje por correspondencia escrita sin audiencia interactiva. Si su
reclamación excede de 10.000 $, el derecho a audiencia se determinará según las reglas de la AAA. Esas reglas actualmente
disponen una audiencia en persona si su reclamación sobrepasa 10.000 $, pero usted y el Grupo Segway pueden acordar si
esa audiencia se va a celebrar en persona o por teléfono, o si es mejor realizarla por escrito.
H. Decisión del Árbitro. En un plazo de catorce (14) días desde la finalización de la audiencia en persona o por teléfono, o desde
la presentación de toda la argumentación por escrito al árbitro, si ha elegido que se realice el arbitraje por correspondencia
escrita, el árbitro emitirá una decisión por escrito. Esa decisión incluirá las averiguaciones y conclusiones esenciales en las
cuales el árbitro ha fundamentado su laudo. El Grupo Segway responderá inmediatamente al árbitro, notificándole si y en
qué medida el grupo Segway asume su conformidad con la decisión, cumpliendo las obligaciones que han acordado
respetar. Cualquier decisión del árbitro puede ser utilizada por cualquiera de las partes sin importar el motivo.
I. Las partes acuerdan mantener estrictamente confidencial cualquier conducta, comunicación, y la información divulgada y/o
comunicada a la otra parte bajo la Sección 6, incluyendo pero no limitado a la existencia de resolución de conflictos,
mediación (si las partes acuerdan llevar a cabo la mediación), solución, arbitraje, procedimientos arbitrales, presentaciones
hechas por las partes y las decisiones tomadas por el tribunal arbitral, incluyendo sus laudos en la medida que no sean ya
de dominio público, excepto en procedimientos judiciales relacionados con el laudo o cuando sea requerido por la
legislación en vigor.
6.9 Vigencia. La sección 6 continuará siendo válida una vez que este acuerdo y/o la garantía limitada hayan finalizado o
vencido o en caso de que una institución competente con facultades reales y jurisdicción sobre esta materia dictamine
que este acuerdo y/o garantía limitada son nulos, anulables, inválidos o no ejecutables, ya sea en su totalidad o en parte.
6.10 Ley Federal de Arbitraje La Ley Federal de Arbitraje rige esta cláusula de arbitraje. Este acuerdo certifica una transacción
en comercio interestatal y por lo tanto su interpretación y ejecución se rige por la Ley Federal de Arbitraje.
7 Plazo de prescripción
Las partes acuerdan que, independientemente de cualquier estatuto o ley que indique lo contrario, cualquier
reclamación o acción que surja de o esté relacionada con este Acuerdo, con la garantía limitada, la venta, el estado o el
rendimiento del Producto, cualquier tema en este documento, ya esté basado en contrato, agravio, fraude,
tergiversación o cualquier otra teoría legal en derecho o en equidad, incluyendo, sin estar limitado a, cualquier
reclamación por muerte, lesiones o daños a la propiedad, debe presentarse un (1) año después de que surgiera dicha
reclamación o causa de acción o esta prescribirá para siempre.
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