A v i s o d e l a F C C
Aviso de la FCC
Este aparato cumple con la Sección 15 de los Reglamentos de la FCC.
Su funcionamiento está sujeto a las siguientes dos condiciones: 1. No puede
provocar interferencia dañina y 2. Debe aceptar toda interferencia recibida,
incluida la interferencia que pueda causar un funcionamiento no deseado. Este
equipo ha sido probado y cumple con los límites para un aparato digital Clase B,
en conformidad con la Sección 15 de los Reglamentos de la FCC. Estos límites se
diseñaron para ofrecer protección adecuada frente a las interferencias dañinas en
una instalación residencial. Este equipo genera, utiliza y puede irradiar energía de
radiofrecuencia y, si no se instala ni utiliza según las instrucciones, puede
provocar interferencia dañina en las comunicaciones de radio. No obstante,
no existe garantía alguna de que no se producirá interferencia en una instalación
en particular. En caso de que este equipo provocara interferencia dañina en la
recepción de radio o televisión, que se puede determinar apagando y encendiendo
el equipo, se instará al usuario a intentar corregir la interferencia utilizando una
o más de las siguientes medidas: Volver a orientar o ubicar la antena receptora.
Aumentar la separación entre el equipo y el receptor. Conectar el equipo a una
salida en un circuito distinto al circuito al que está conectado el receptor.
Consultar con el distribuidor o con un técnico experimentado en radio/TV para
recibir ayuda.
NOTA: Declaración de exposición a la radiación de la FCC: Este equipo cumple con
los límites de exposición a la radiación de la FCC determinados para un entorno sin
supervisión. Este transmisor no debe ubicarse ni operar junto a otra antena u otro
transmisor.
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